La ICC (Cámara de Comercio Internacional) actualiza los Incoterms cada diez años. La versión vigente, Incoterms 2020, introdujo cinco cambios concretos respecto a Incoterms 2010 que pueden afectar tu operación si todavía usás contratos viejos. Ninguno es revolucionario, pero todos importan al momento de firmar una orden de compra o reclamar un seguro.
Antes de entrar en los cambios, un recap rápido: los Incoterms son las reglas oficiales de la ICC publicadas desde 1936 que codifican responsabilidades entre comprador y vendedor en una operación de comercio internacional. Definen tres cosas: dónde transfiere el riesgo, quién paga qué costo, y qué documentos firma cada parte. No regulan la propiedad de la mercadería ni el precio. Eso va por contrato comercial aparte.
Cambio 1: DAT renombrado a DPU
El Incoterm DAT (Delivered at Terminal) ya no existe. En Incoterms 2020 se convirtió en DPU (Delivered at Place Unloaded). El cambio no es solo cosmético: DPU es más amplio. Antes, DAT obligaba a que la entrega fuera en una terminal portuaria, aeroportuaria o estación de carga. DPU permite que el lugar de descarga sea cualquier punto acordado: una terminal, pero también un depósito, una planta del comprador, un patio de maniobras.
Implicación operativa: si tu contrato decía DAT seguido del nombre de una terminal específica, podés migrarlo a DPU sin cambios de fondo. Pero si querés que el vendedor descargue en tu propio depósito (no en terminal), DPU es ahora el Incoterm correcto. Ojo: DPU sigue siendo el único Incoterm donde la responsabilidad de descarga la tiene el vendedor.
Cambio 2: FCA con BL onboard
FCA (Free Carrier) tenía un problema histórico cuando se combinaba con créditos documentarios (carta de crédito o LC). Los bancos suelen exigir un Bill of Lading marcado como "shipped on board", pero bajo FCA el vendedor entrega antes del embarque, así que técnicamente no podía conseguir ese BL onboard a su nombre.
Incoterms 2020 introduce una opción contractual: el comprador puede instruir a la naviera para que emita un BL onboard al vendedor una vez que la mercadería esté efectivamente cargada. Esto destraba el cobro vía LC sin cambiar la transferencia de riesgo.
En la práctica, esto importa cuando trabajás con LC desde China y el banco te pide BL onboard. Ahora podés usar FCA sin romper la operativa documentaria.
Cambio 3: Niveles de seguro distintos para CIF vs CIP
Hasta Incoterms 2010, tanto CIF como CIP obligaban al vendedor a contratar seguro de cobertura mínima (cláusula C del Institute Cargo Clauses). Esa cobertura cubre poco: básicamente incendio, hundimiento, varadura. Para muchas operaciones, insuficiente.
Incoterms 2020 separó los dos:
- CIF: sigue con seguro nivel C (mínimo). Pensado para commodities y carga a granel donde la cobertura amplia es cara y no siempre necesaria.
- CIP: ahora exige seguro nivel A (cobertura amplia, "all risks"). Pensado para mercadería manufacturada, electrónica, productos de valor donde un robo o daño parcial sí está cubierto.
Si tu operación es típica desde China (productos manufacturados, contenedor mixto, SKUs varios), CIP nivel A te protege mejor que CIF nivel C. La diferencia de prima es chica comparada con el riesgo cubierto.
Cambio 4: Costos más claramente asignados
Las disputas operativas más comunes entre comprador y vendedor son sobre costos accesorios: ¿quién paga el handling en terminal de origen? ¿La inspección preembarque? ¿El despacho de exportación?
Incoterms 2020 incorporó listas enumeradas A9/B9 en cada Incoterm, donde el A9 detalla todos los costos del vendedor y el B9 todos los del comprador. Antes esa información estaba dispersa entre cláusulas. Ahora está consolidada en un solo lugar por Incoterm.
Implicación: cuando negociás un contrato, podés leer directamente A9 y B9 y saber exactamente qué entra en el precio del vendedor y qué tenés que sumar por tu cuenta. Reduce sorpresas en el costeo.
Cambio 5: Transporte propio del comprador o vendedor permitido explícitamente
Incoterms 2010 asumía implícitamente que entre comprador y vendedor siempre habría un tercero transportista. En la realidad, eso no siempre es así: hay compradores que retiran con flota propia, vendedores que entregan con sus propios camiones, operadores integrados.
Incoterms 2020 contempla explícitamente que el transporte puede hacerlo el propio comprador o vendedor, sin tercero. Aplica especialmente en FCA, DAP, DPU y DDP, donde es habitual que una de las partes use su propia capacidad logística.
Esto da cobertura formal a un escenario que ya pasaba en la práctica.
Qué Incoterm usás más desde China
Para LATAM, los Incoterms más usados en importación desde China son cuatro:
- EXW (Ex Works): el vendedor entrega en su fábrica y todo lo demás corre por cuenta del comprador. Solo recomendable si tenés agente o equipo propio en China que pueda gestionar el resto.
- FOB (Free On Board): el más común. El vendedor entrega la mercadería ya cargada en el barco en puerto chino. De ahí el comprador paga flete, seguro, despacho destino. Buen balance de control y costo.
- CIF: el vendedor agrega flete y seguro mínimo hasta puerto destino. Simplicidad para el comprador, pero seguro nivel C (acordate del Cambio 3).
- DDP (Delivered Duty Paid): el vendedor entrega todo pagado en destino, incluyendo aranceles. Cero gestión para el comprador. Es efectivamente lo que B2BOX Tipo A hace de punta a punta.
Tabla resumen
| Incoterm | Riesgo cliente desde | Cobertura seguro | Cuándo usar |
|---|---|---|---|
| EXW | Fábrica origen | A cargo del comprador | Tenés agente propio en China |
| FCA | Punto designado origen | A cargo del comprador | Querés FCA con BL onboard para LC |
| FOB | Cargado en barco origen | A cargo del comprador | Operación marítima estándar |
| CIF | Cargado en barco origen | Nivel C (mínimo) | Commodities, carga a granel |
| CIP | Entrega a transportista origen | Nivel A (amplio) | Manufacturados de valor |
| DPU | Descargado en destino | A cargo del vendedor | Vendedor descarga en tu depósito |
| DDP | Entregado pagado en destino | A cargo del vendedor | Querés cero gestión, todo incluido |
Para cerrar
Si todavía tenés contratos vigentes que referencian "Incoterms 2010", actualizalos a "Incoterms 2020". La ICC no se enoja, no hay multa, y los términos viejos siguen siendo válidos si las partes los acuerdan. Pero el problema aparece cuando hay un siniestro y el seguro tiene que responder: un reclamo bajo reglas viejas puede no estar cubierto correctamente porque la aseguradora trabaja con la versión vigente, y la diferencia entre cobertura nivel C y nivel A puede ser miles de dólares en mercadería que pensabas que estaba asegurada.
El cambio es chico, el upside operativo es grande. Pedile a tu proveedor que firme bajo Incoterms 2020 y listo.